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Proveedores Autorizados de Certificación (PAC)

Un Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI (PAC), es aquella persona moral que tiene como obligación enviar al SAT copia de los CFDI que validen de sus clientes.

Además cuenta con autorización del Servicio de Administración Tributaria para validar los CFDI generados por los contribuyentes; así como asignarles el folio e incorporarles el sello digital del Servicio de Administración Tributaria.

En la actualidad el Sistema de Administración Tributaria, SAT cuenta con alrededor de 78 empresas registradas como Proveedores Autorizados de Certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), 

Estas empresas están autorizadas por el SAT para el timbrado y/o certificación de CFDI, así como la verificación de que dicho comprobante cumpla con los lineamientos correspondientes.

 

Entre los servicios que ofrecen los PAC se encuentran:

  • Generación de CFDI
  • Desarrollo y/o integración de conexión de sistemas para comunicación con el PAC
  • Implementación y venta de productos como folios y servicios como el timbrado y validación de CFDI, diseñados para incrementar la eficiencia del ciclo comercial de los contribuyentes.

 

Si usted necesita encontrar o verificar que un PAC se encuentra en la lista vigente de Proveedores Autorizados de Certificación

Consultar lista de Proveedores Autorizados de Certificación

 

Algunos beneficios de usar un Proveedor Autorizado de Certificación: 

  • Agiliza los procesos fiscales digitales
  • Resguardar la información por un largo periodo de tiempo.
  • Organización de archivos
  • Facilidad en la emisión y envío de documentos timbrados.
  • Confidencialidad de tu información.
  • Garantía de que los procesos fiscales digitales se están llevando correctamente

 

Por otro lado, si estás interesado en operar como un Proveedor Autorizado de Certificado

Solicita autorización para operar como proveedor de certificación

 

Conoce los servicios gratuitos autorizados por el SAT ofrecidos por proveedores de certificación de factura.

Servicios gratuito autorizados por el SAT

 

Addendas y complementos

¿Qué es una addenda?

Son aquellos datos de naturaleza comercial que se pueden incorporar o agregar a las facturas electrónicas.

La información de las Addendas no está regulado por el SAT, esto quiere decir que no tiene efectos fiscales, únicamente comerciales y sólo especifica temas meramente comerciales, logísticos y operativos para ayudar a tu cliente final con su administración interna.

Este contenido comercial informa al cliente cualquier dato que para él le sea de utilidad. Normalmente el cliente la define.

 

¿Qué información puedo agregar a una Adenda?

La información que se puede agregar se muy variada y depende de los requerimientos del receptor del CFDI.

Algunos ejemplos:

  • Información de la sucursal de compra.
  • Datos del lugar de entrega el producto.
  • Número de orden de compra.
  • Número de serie del producto.
  • Número de parte del producto.
  • Numero de Pieza, cantidad.

Es importante solicitar a tu cliente o receptor del CFDI la lista de datos a agregar a la addenda previo a una emisión.

 

¿Qué es el Complemento de pago?

También llamada factura de recepción de pago, es un tipo de CFDI que sirve para complementar una factura emitida previamente

Este comprobante fiscal sólo debe emitirse una vez hecho el pago y bajo la existencia de esa primera factura previamente emitida.

Este CFDI incluye la información detallada del pago realizado, como la fecha de pago, el monto y los datos de la cuenta de la cual proviene el dinero, así como los datos de la cuenta receptora.

Su principal función es identificar los movimientos realizados por transferencias y agregar el número de autorización del movimiento y poder identificar de manera exacta y transparente cada pago.

 

¿Cuándo emitir un complemento de pago?

  • Para pagos en Parcialidades
  • Para pagos diferidos

 

¿Cuándo NO emitir un complemento de pago?

  • Para pagos en una sola exhibición (Se considera pago en una sola exhibición para efectos en facturación cuando conoces la forma de pago y éste efectivamente se realiza antes del ultimo día del mes calendario en el cual se expedido el CFDI.)
  • Para Asalariados y honorarios (Excepto en el caso de que los honorarios se paguen de manera diferida)

 

 ¿Necesitas más información sobre como emitir y los usos de los complementos de pago?

Descarga aquí el manual de Emisión del complemento de pagos y sus usos

 

Requisitos para emitir CFDIs

¿Quieres comenzar o vas comenzar a emitir facturas electrónicas?

Desde el 2014 todos los contribuyentes físicos y/o morales están obligados a emitir CFDIs. 

Aquí te dejamos todo lo que necesitas saber sobre cómo comenzar a emitir facturas con valides fiscal.

 

1. Asegúrate de estar registrado y estar de alta ante la secretaría de hacienda y crédito público. 

Si aun no estas registrado puedes agendar una cita para comenzar a realizar el trámite. Agendar cita

 

2. Contar con la Cédula de Inscripción al RFC.

Si aun no cuentas con tu RFC puedes iniciar el trámite en línea aquí

 

3. Contar con e.Firma antes  Firma Electrónica Avanzada (FIEL).

Si aun no cuentas con e.Firma será necesario agendar un cita y acudir a las instalación del SAT. Aquí puedes encontrar más información 

 

4. Contar con la Certificado de Sello Digital (CSD).

Si aún no cuentas con tu CSD, puedes realizar tu tramite en línea aquí.

Asegúrate de seguir las instrucciones

Es necesario contar con una e. Firma Vigente.

 

Antes de acudir a tu cita al SAT o realizar tu pre-registro es muy importante decidir o asesorarte para saber a que qué régimen fiscal pertenecerás.

  • Persona moral
  • Se trata de aquellas empresas o negocios que han sido creadas por un grupo de personas o una sociedad y no existe por solo un individuo.
  • Persona física 
  • Son aquellas empresas o negocios donde solo una persona realiza las actividades comerciales sin importar el giro, rubro o el monto de ingresos.
  • Sociedad civil y Asociación civil
  • Estas ultimas son consideradas sin fines de lucro, es decir no buscan beneficios económicos si no beneficios sociales, humanistas o comunitarias.

 

Al presentarte a tu cita al SAT asegúrate de presentar la siguiente documentación:

  1. Acuse de preinscripción al RFC.
  2. Comprobante de domicilio fiscal.
  3. Identificación oficial con fotografía.
  4. Acta de nacimiento en copia certificada.
  5. Si eres extranjero debes presentar tu forma migratoria múltiple (FMM), carta de naturalización o documento migratorio vigente.

 

Durante tu cita en el SAT obtendrás la siguiente documentación:

  1. Hoja de Vista Previa con tus datos
  2. Cédula de Identificación Fiscal
  3. Acuse de Inscripción en el RFC

 

30 días naturales después del registro deberás presentarte de nuevo en las instalaciones del SAT para obtener tu Firma Electrónica (e.Firma).

No olvides presentar los documentos:

  1. Identificación oficial
  2. CURP
  3. Comprobante de domicilio

Una vez con tu e.Firma y el RFC podrás realizar el tramite de tu Certificado de Sello Digital (CSD) en linealpuedes realizar tu tramite en línea aquí.

 

Una vez concluido tus tramites y con tus archivos digitales, ya podrás configurarlos a tu sistema Aspel y comenzar a emitir facturas.

 

¿Necesitas ayuda para configurar tus archivos en tu sistema Aspel?

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Correos: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Modalidades de Facturación

1. CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet).

En esta modalidad cada comprobante emitido por el contribuyente debe ser “timbrado” por un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC) vía Internet antes de ser entregado al cliente.

 Con Aspel hay dos opciones para emitir CFDI’s fácilmente y en segundos:

  • Mediante Aspel Sellado CFDI, el cual permite que desde el sistema Aspel de tu preferencia: Aspel-SAE, Aspel-CAJA y Aspel Facturⓔ al grabar la factura, éste se enlace de forma automática con un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) con el que Aspel tenga el convenio para la validación y asignación de folio y sello, en segundos y apegado completamente a las disposiciones fiscales. 

  • Además los sistemas: Aspel-SAE y Aspel-CAJA, han sido preparados para enlazarse directamente con algunos PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) para una mayor versatilidad, de modo que al grabar la factura el sistema se comunique vía Internet directamente con el PAC para obtener los CFDI’s timbrados, desde tu sistema administrativo y sin procesos adicionales. Con esta opción tendrás la posibilidad de contratar con el PAC de tu preferencia. Actualmente tenemos interfaz con:

    • Edicom

    • Timbre Fiscal

    • Masteredi (Masfactura)Konesh Soluciones

    • FEL.mx

    • Levicom-EDC Invoice

    • Solución Factible

    • Factura en segundos

    • Servisim

    • Pax

    • Plataformas digitales

    • Expide tu factura

 

2. CBB (Comprobantes con Código de Barras Bidimensional) 

Obtén tu CBB con el SAT y defínelo en el sistema Aspel, con lo que se imprimirá de manera automática el comprobante o factura con todos los requisitos fiscales, además:

  • El sistema controla automáticamente los folios emitidos, como lo solicita el SAT.

  • Sin costos adicionales.

  • Puedes utilizar esta modalidad de manera indefinida si facturas menos de $4,000,000.00.

 

Existen otras dos modalidades que puedes utilizar dependiendo de ciertas circunstancia:

  • Facturas pre-impresas por Impresor Autorizado. Estas sólo puedes utilizarlas durante su vigencia y hasta que se te acaben sin importar los ingresos anuales de la empresa, y el monto facturado. Los sistemas Aspel generan las impresiones en ellas con todos los requisitos y controles requeridos. 

  • CFD (Comprobante Fiscal Digital). Este tipo de comprobante puedes utilizarlo de manera indefinida, siempre y cuando hayas iniciado la facturación electrónica antes del 1/Ene/2011.

    • Aspel-SAE y Aspel-CAJA te permiten trabajar en este esquema sin depender de un tercero y sin incurrir en costos extras.

    • Pueden emitirse por cualquier monto y sin importar los ingresos de la empresa en el ejercicio anterior.

Comprobantes CBB

CBB (Comprobantes con Código de Barras Bidimensional). Esta modalidad permite que se imprima de manera automática el comprobante fiscal o factura con todos los requisitos fiscales, además de que controla automáticamente los folios emitidos.

En el esquema de facturación electrónica se incluye, para los contribuyentes con ingresos iguales o menores a 4 millones de pesos al año, la opción de expedir comprobantes fiscales impresos con código de barras bidimensional desde su casa, negocio o café internet.

Si durante 2012 requiere emitir facturas y no cuenta con ellas, podrá utilizar el nuevo esquema de facturas que incluyen dispositivo de seguridad.

 

  • ¿En qué consiste el esquema?

    Las facturas en papel incluirán el nuevo dispositivo de seguridad que es un código de barras bidimensional proporcionado por el SAT. Este código incorpora los datos de la persona que emite la factura y el número de aprobación del SAT. 

    Las facturas podrán ser impresas por los contribuyentes con sus propios recursos (computadora e impresora) o a través de una imprenta.

     

  • ¿Quién puede utilizar este esquema?

    Todas aquellas personas físicas y morales que:

    a) Durante el año 2010 hubieran tenido ingresos menores a 4 millones de pesos,

    b) Quienes inicien sus operaciones en 2011 y calculen que durante el año, sus ingresos no superarán los 4 millones de pesos.

     

    Nota: Si durante el año 2011 sucede que el contribuyente acumula más de 4 millones de pesos sólo podrá usar factura en papel hasta el mes en que ocurra esto y deberá utilizar factura electrónica a partir del mes siguiente.

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